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General

Impresión de fichajes y listado mensual del total de horas trabajadas – Programa horario para fichar

En este video explicaremos como utilizar la pantalla de impresión de fichajes para calcular el total de horas trabajadas de un empleado de todo el mes o de cualquier otra fecha que queramos introducir en el rango de búsqueda. También explicamos el significado de las columnas del listado y su funcionamiento. Esperamos que este video de nuestro programa de control horario para el control de fichajes de los empleados les resulte de utilidad tanto a los usuarios que lo utilizan como empresa como a los trabajadores o gestorías.

https://youtu.be/CCImmMU-6TE

TocTime – Aplicación o software online para gestores o empresa que quieran registrar la jornada laboral.

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TocTime es una aplicación o software para el control de las horas de entrada y salida de los trabajadores.

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TocTime puede funcionar en los siguientes dispositivos: ordenador (PC o Mac), tableta o Ipad y teléfono móvil (android o iOS), puede fichar mediante PIN o con usuario y contraseña.

También podrá llevar el registro diario de jornada de trabajadores móviles, comerciales, temporales, trabajadores a distancia o cualesquiera otras situaciones en las que la prestación laboral no se desenvuelve, total o parcialmente, en el centro de trabajo de la empresa.

Con TocTime podrá gestionar todas las delegaciones de un mismo grupo empresarial, simplificando su gestión.

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Cómo solicitar la eliminación de tus fotos de Internet

La era de las nuevas tecnologías nos permite a todos estar conectados a través de Internet, pero esto puede convertirse en un arma de doble filo. La Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) establece que las imágenes que identifican a personas deben entenderse como datos personales. Por ello, tenemos derecho a solicitar que tanto vídeos como fotografías sean eliminadas de cualquier página web o medio de comunicación cuando no hayan sido usadas con fines informativos y carezcan de consentimiento previo.

Esto significa que no todo el mundo puede solicitar que se eliminen sus imágenes de un medio en concreto. Por ejemplo, tenemos el caso reciente de la Infanta Doña Cristina que quiso ejercer su derecho al olvido en Internet, tras la sentencia del caso Noos. En ese tipo de situaciones, el derecho a la información prima por encima de otros. Sus fotografías en medios digitales, así como las noticias y los vídeos en los que aparece tienen un carácter completamente informativo, ya que se trata de un personaje público y de un hecho noticioso.

Para ejercer el derecho al olvido deben de darse una serie de situaciones. Además, acogerse a dicho derecho no supone la eliminación de la información de las páginas webs o medios digitales, sino que se eliminan los datos en la indexación de los buscadores. Para entender esto de mejor manera puedes leer el último artículo que publicamos en nuestro blog, en el que explicamos de forma extensa qué es el derecho al olvido y cuándo se puede ejercer.

Fotos en Internet y Redes Sociales

Otra cosa son las fotos que se suben a las diferentes redes sociales existentes en la actualidad. Solicitar la eliminación de fotos de este tipo de plataformas no debería de suponer una tarea complicada, pero siempre es aconsejable que se pida su borrado a la persona que las ha publicado. En el caso de que esto sea imposible o no se eliminen, todas las redes cuentan con servicios y enlaces concretos para pedir que dichas imágenes sean retiradas de cada sitio web.

Además, es muy importante revisar periódicamente los parámetros de privacidad de cada red social. La privacidad online es esencial para evitar que se vulneren los derechos a la protección de datos, al honor y a la propia imagen.

Cualquier usuario puede solicitar la tutela de la agencia Española de Protección de Datos (AEPD) cuando no se tengan en cuenta las peticiones realizadas para requerir tanto la eliminación de fotos de Internet, así como la cancelación de datos en plataformas digitales.

Para ello, lo primero que hay que hacer es presentar una solicitud ante el sitio web con el requerimiento bien claro. El responsable del tratamiento de datos tiene un plazo de 10 días para contestar a la solicitud. Si el usuario no recibe respuesta o esta no es satisfactoria puede pedir la tutela de la AEPD. En este caso, deberá de hacer constar que, previamente, se ha solicitado por escrito ante el medio en cuestión la eliminación de vídeos o fotos de carácter personal del portal en cuestión.

Derecho al olvido: ¿qué es y cómo ejercerlo?

Podría decirse que el actual derecho al olvido hace referencia al tradicional derecho de cancelación u oposición que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos. Aunque, en este caso, se trata de un derecho exclusivo de Internet y los buscadores generales, como Google.

Durante algo más de 11 años, la Agencia Española de Protección de Datos y el Gigante de Internet (Google) estuvieron enfrentados en una batalla legal sobre la necesidad de que el buscador garantizara el derecho al olvido de los usuarios españoles. Obviamente, Google se negaba en rotundo a esto, aludiendo al derecho a la información. Sin embargo, la AEPD lo veía de forma diferente. Finalmente, el 13 de mayo de 2014 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), publicó una sentencia favorable a este derecho y, en consecuencia, a la AEPD.

Uno de los principales argumentos de Google para evitar esto era que la actividad empresarial de la compañía está sometida a la legislación estadounidense, puesto que es allí dónde está la empresa. Por el contrario, la AEPD defiende que Google tiene una sede en España y, por lo tanto, es esencial que se ajuste a la normativa del país.

Según la sentencia mencionada, los motores de búsqueda están obligados a seguir las leyes vigentes de protección de datos de la Unión Europea, entre las que se encuentra el derecho al olvido en Internet. Esto implica, que cualquier usuario europeo pueda solicitar que se eliminen los enlaces que el buscador muestra tras una búsqueda por nombre y apellidos.

A todo esto, es importante sumar el nuevo Reglamento de Protección de Datos Europeo, ya que presta especial atención al derecho al olvido y a las nuevas tecnologías.

¿Qué es el derecho al olvido?

Como hemos comentado al principio, es parte de los derechos de cancelación y oposición, que se establecen en los famosos derechos ARCO. En este caso, la aplicación es para el ámbito online, concretamente, los motores de búsqueda. Lo más característico es que garantiza el poder evitar la difusión de cualquier tipo de dato personal a través del buscador en casos concretos, sobre todo, si se trata de información que ha quedado obsoleta o no goza del interés público necesario para que prime el derecho a la información.

Tras la sentencia de mayo del 2014, se ha posibilitado que el usuario pueda realizar la reclamación directamente ante el buscador, en vez de tener que recurrir al editor del contenido en cuestión. No obstante, hay que tener en cuenta que la información seguirá permaneciendo en Internet. Lo que garantiza el derecho al olvido es que los datos personales no permanezcan indexados en los resultados que ofrece el buscador cuando se gestionan búsquedas por nombre. Es decir, si la búsqueda se ejecuta a través de cualquier otra palabra, la información seguirá estando visible online.

Para ejercer el derecho al olvido, el ciudadano debe de dirigirse, por las vías establecidas (generalmente formularios o correos electrónicos) al buscador. En el caso de que no obtenga respuesta o esta no sea óptima, el usuario podrá solicitar la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos.

Finalmente, es importante tener claro que esta sentencia establece que el derecho a la protección de datos prevalece frente a cualquier tipo de interés económico, a no ser que la información sea de relevancia pública o de interés, lo que justificaría su difusión online.

La AEPD ayuda a las pymes a adecuarse al marco europeo en protección de datos

El día 28 de enero se celebra el Día europeo de la protección de datos. Por este motivo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) celebró en fechas próximas a la efeméride un acto global a través del que pretende animar a las pymes a adecuarse al nuevo Reglamento Europeo, que entró en vigor en el pasado mes de mayo y que será de obligatorio cumplimiento a partir de finales de mayo de 2018.

El 28 de enero es el día elegido para celebrar el Día de la protección de datos en Europa porque en esa fecha fue cuando se firmó el famoso Convenio 108, sobre el que se comenzó a gestar la protección de datos en toda la Unión Europea (a nivel comunitario).

El evento celebrado en enero por la AEPD se centró en la Incidencia del nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos en las pymes. La elección de este tema no fue arbitraria, ya que en España hay más de 3,5 millones de pequeñas y medianas empresas que deben acogerse de forma debida al nuevo marco legal.

La directora de la AEPD, Mar España, destacó la importancia de que una pyme lleve a cabo una correcta valoración del riesgo y la seguridad de los datos personales que se tratan en su empresa. De esta forma, asegura, la fidelidad será mayor, así como la competitividad.

Por su parte, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, puso especial atención en la importancia que tienen los datos en la actualidad. El ministro habló de “materia prima” al referirse a los datos, indicando que son esenciales en gran parte de las empresas que operan en el país. De ahí la necesidad de que la protección sobre los mismos sea consecuente y adecuada.

La Jornada sobre la incidencia del nuevo marco europeo en las pymes

Durante la jornada se explicó la importancia de comenzar a acogerse de forma paulatina al nueva Reglamento Europeo de Protección de Datos. Esto implicará que cualquier pyme deba centrarse mucho más en la protección de los datos que maneja, estudiando sus necesidades en todo momento. Por ello, consideran obligatorio que se comiencen a tomar las medidas necesarias para que las pequeñas y medianas empresas españolas puedan garantizar todo lo que se marca en el reglamento, ya en vigor.

Para ello, los responsables de la Agencia Española de Protección de Datos pusieron de manifiesto la existencia de nuevos recursos y materiales que podrán facilitar la tarea a las pymes. Concretamente, se trata de una Guía del Reglamento para los responsables del tratamiento de datos de la empresa; una Guía para el cumplimiento del deber de informar; y unas Directrices para elaborar los contratos entre responsables y encargados de los datos.

A todo esto, la AEPD sumará un test, que podrá realizarse a través de la propia web de la agencia para que las pequeñas y medianas empresas españolas puedan adecuarse de forma óptima al nuevo marco europeo en materia de protección de datos. Los recursos mencionados anteriormente pueden obtenerse desde la web de la AEPD.

¿Deben los autónomos acogerse a la LOPD?

Partiendo de la base de que la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) se basa en garantizar el derecho a la protección de datos de carácter personal que afecten a personas físicas, es sencillo comprender que los autónomos también tienen la obligatoriedad de cumplir con el marco legal. No obstante, el carácter particular del negocio y el tipo de datos que en él se recojan es lo que definirá las necesidades en cuanto a esta ley.

El pasado 25 de mayo de 2016, se aprobó el Reglamento Europeo de Protección de Datos. Acogerse a este nuevo marco legal es obligatorio para los negocios y empresas de toda Europa. No obstante, el plazo que se ha establecido para adecuarse de forma integral a él finaliza el 25 de mayo del año 2018. Hasta esa fecha, es esencial acogerse, como mínimo, a la antigua Ley de Protección de Datos 15/1999.

Cualquier autónomo o empresa estará obligado a acogerse a la LOPD, siempre que dispongan de datos personales. Estos datos se caracterizan por la identificación de las personas.

Obligaciones de los autónomos frente a la LOPD

La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, establece tres niveles de protección. Cada autónomo debe identificar los ficheros necesarios y otorgarles uno de estos niveles en función del tipo de datos que se manejen.

  • Nivel básico: datos de carácter identificativo.
  • Nivel medio: datos financieros, datos referentes a la personalidad o a las costumbres.
  • Nivel alto: datos ideológicos, de religión, de salud, razas o violencia de género, entre otros.

Para salvaguardar los datos personales es importante que exista un encargado de tratamiento. Esta figura es la que decide sobre el uso de los datos y controla que se siguen las obligaciones que establece la LOPD al respecto. En el caso de los autónomos que no tienen trabajadores a su cargo, serán ellos mismos los que deban velar y garantizar la protección de los datos.

Para acogerse a la Ley de Protección de Datos es importante que se sigan una serie de pasos. Además, el responsable de los ficheros tendrá que salvaguardar cualquier dato personal que se recoja en la empresa, apostando por los derechos ARCO que tienen todos los ciudadanos (acceso, rectificación, cancelación u oposición).

Cómo afecta la LOPD a los autónomos

La Ley Orgánica de Protección de Datos solamente afecta a las personas físicas. Esto significa, que ninguna empresa o autónomo está obligada a velar por la calidad y la protección de datos cuando se trata de personas jurídicas (empresas).

Son muchos los supuestos a los que pueden enfrentarse los autónomos en este sentido. El mejor consejo es contar siempre con un software específico para la LOPD o con expertos en la materia, capaces de asesorar al autónomo sobre cómo adecuarse perfectamente a la ley.

Cuando se trata de un autónomo que actúa como administrador de una sociedad, es importante que su empresa cuente con todas las medidas de seguridad necesarias que establece la LOPD. En el caso de autónomos que cuentan con trabajadores a su cargo, siempre estarán obligados a acogerse a la LOPD, porque tendrán que proteger los datos de sus empleados, así como los de sus clientes.

En el caso de autónomos profesionales, sin personal a cargo, es esencial estudiar bien la naturaleza de sus relaciones comerciales. Si sus proveedores o clientes son personas físicas, la obligatoriedad de acogerse a la ley es absoluta.

Cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos es muy importante para evitar sanciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos. Estas multas varían significativamente, en función de si las infracciones son leves, graves o muy graves. Por ello, es tan importante contar con expertos en LOPD y evitar estos inconvenientes.

El nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos, además, pretende minimizar todos los trámites burocráticos para lograr que las adecuaciones a la ley, de empresas y autónomos sean más rápidas y óptimas. Además, establece algunas novedades de obligado cumplimiento para todos aquellos que manejen datos de carácter personal, como la Evaluación de Impacto en Protección de Datos o la creación de códigos de conducta que garanticen las buenas prácticas, en este sentido.

La Agencia Española de Protección de Datos en 2017

Son muchos los retos a los que se enfrenta la Agencia Española de Protección de Datos en 2017. A finales del año 2015, la AEPD presentó su famoso Plan Estratégico, que se dividía en cinco ámbitos de actuación. Se trata de algo más de 110 acciones que pretenden llevar a cabo durante los años siguientes a su publicación. La idea de la agencia es básicamente divulgar todas las novedades en materia de protección de datos, así como dar a conocer los derechos de los ciudadanos en este sentido.

Bloques en los que se divide el Plan estratégico de la AEPD

  • Prevención para una protección eficaz
  • Innovación y protección de datos
  • Una Agencia colaboradora, transparente y participativa
  • Una Agencia cercana a los profesionales y responsables de la privacidad
  • Una Agencia más ágil y eficiente

A través de estos cinco bloques, la Agencia Española de Protección de Datos pretende lograr la concienciación necesaria para que la normativa vigente se aplique en todos los sectores, tanto públicos como privados.

Según los propios responsables de la AEPD, casi la totalidad de las acciones previstas en dicho Pla Estratégico ya han sido puestas en marcha durante 2016. Aunque en este nuevo ejercicio tienen claro que prestarán mucha más atención a algunas de las cuestiones más importantes en materia de protección de datos.

Los nuevos pasos de la Agencia Española de Protección de Datos

Las bases de actuación de la Agencia Española de Protección de Datos pasan por trabajar de forma directa, tanto con los ciudadanos como con los responsables de tratamiento de las diferentes entidades. Lo más importante es conseguir que las empresas puedan adaptarse debidamente al Nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos, que ya ha entrado en vigor. No obstante, las empresas europeas tienen hasta el próximo mes de mayo de 2018 para adaptarse completamente al reglamento.

Obviamente, son muchas las dudas que surgen en este sentido y por ello la AEPD pretende trabajar junto a los responsables de tratamiento para que puedan solventar cualquier duda de la forma más rápida posible.

La AEPD tiene como objetivo principal convertirse en un organismo de participación, que resulte completamente eficaz para los ciudadanos y a las empresas.

Las pymes forman parte de uno de los puntos de actuación previstos por la Agencia Española de Protección de Datos para este 2017. La AEPD pondrá a disposición de estas pequeñas empresas todas las herramientas que les sean de utilidad para adaptarse debidamente al nuevo reglamento europeo.

Las nuevas tecnologías también van a ocupar la atención de la Agencia durante este año. De hecho, se trata de uno de los sectores más llamativos del reglamento de protección de datos puesto en marcha.

Por otra parte, la concienciación de la ciudadanía supone uno de los retos más importantes para la AEPD durante este año. Para ello, se llevarán actuaciones específicas, sobre todo a la hora de formar e informar a menores y adolescentes sobre la necesidad de proteger sus datos. También se van a centrar en explicar a los ciudadanos todo lo relativo al derecho al olvido o la forma en la que pueden realizar todo tipo de solicitudes ante la Agencia o las empresas que tratan con datos personales.

Características y consideraciones sobre los derechos ARCO

Los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición) suelen suscitar numerosas dudas sobre su aplicación y significado. Se trata de unos derechos personales, que cualquier ciudadano puede ejercer en referencia al uso y tratamiento de sus datos personales por terceros. El Título III de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) es el que regula estos derechos tan importantes.

  • Derecho de Acceso: derecho de toda persona para obtener información acerca del uso que se están dando a sus datos de carácter personal. El origen de los datos, así como el tratamiento de los mismos debe de ser informado en todo momento al afectado.
  • Derecho de Rectificación: derecho del ciudadano a que se modifiquen o rectifiquen los datos que no sean correctos o estén incompletos.
  • Derecho de Cancelación: trata del derecho a excluir todos esos datos que no son óptimos o resulten exagerados para el tratamiento necesario. En el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos se recoge el llamado “derecho al olvido”, que estaría en consonancia con este.
  • Derecho de Oposición: cualquier persona tiene derecho a oponerse a que sus datos personales sean tratados.

Principales características de los derechos ARCO

Pese a que los derechos ARCO son completamente independientes, es decir, que pueden ejecutarse por separado en todo momento, tienen unas características comunes que conviene conocer.

Lo más importante es que se trata de derechos personales. Esto significa que solo pueden ser ejercidos por la persona titular de los datos en cuestión, así como por su tutor o representante legal.  Obviamente, el responsable del fichero de datos podrá oponerse a facilitar información cuando el solicitante no quede debidamente acreditado.

Por su parte, el responsable del fichero está obligado a facilitar en todo momento el ejercicio de los derechos ARCO. Además, tiene que responder a las diferentes solicitudes en los plazos que marca la legalidad vigente.

En el caso de que no se atiendan debidamente estos derechos por los responsables del tratamiento de los datos personales será posible apelar a la Agencia Española de Protección de Datos. La AEPD estudiará el caso detenidamente y ofrecerá una resolución que garantice que el usuario tenga la posibilidad de ejercer sus derechos ARCO.

¿Cómo se ejercen estos derechos personales?

El procedimiento a llevar a cabo para ejercer los derechos ARCO es muy sencillo. El ciudadano debe solicitar al responsable del fichero ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición. Para ello, tendrá que realizar una solicitud en la que se haga constar sus datos de filiación, así como un documento legal que acredite su personalidad. Es importante concretar la solicitud claramente, incluyendo cualquier documento que se considere relevante. A efectos de recibir comunicaciones es importante hacer constar un domicilio o una dirección de correo electrónico.

El responsable del fichero comprobará los datos aportados por el solicitante y debe contestar obligatoriamente en los plazos que dicta la ley.

¿Cuándo no se tienen en cuenta estos derechos?

Solamente debido a cuestiones de seguridad pública es posible que los derechos ARCO no sean tenidos en cuenta. Es decir, estos derechos están limitados en caso de que entren en conflicto con la seguridad del Estado, así como la prevención o averiguación de datos en el caso de que existan motivos penales.

Sanciones derivadas del incumplimiento

Impedir que los ciudadanos ejerzan estos derechos está estipulado como una sanción grave por parte de la AEPD. Esto significa que es posible la interposición de una multa que puede rondar desde los 40.000 hasta los 300.000 euros.

Ante cualquier posible limitación en el ejercicio de los derechos ARCO es importante reclamar ante la AEPD para que actúe de inmediato.

Cookies: qué son y la legalidad vigente

Si estás leyendo estas líneas sobre las conocidas cookies de Internet, seguro que has sido testigo de la cantidad de avisos que saltan continuamente durante la navegación en todo tipo de páginas web. Bien, pero… ¿Qué son las cookies?

Podríamos decir que se trata de un pequeño archivo informático que se almacena en el servidor de Internet que estás usando y puede contener información de varios tipos. La realidad es que las cookies no son ninguna novedad actual, sino que surgieron hace muchísimos años. El origen de estos archivos de Internet se establece en las tiendas online más antiguas.

Sabrás, si has comprado online alguna vez, que es posible mandar productos al carrito de la tienda y seguir navegando para continuar con el proceso de compra. Pues la única forma de poder tener artículos en el carrito y seguir comprando es mediante una cookie que se instala en el navegador para que este recuerde lo que hay en el proceso de compra online.

En principio, este tipo de cookies son muy necesarias y no aportan más información que la estrictamente oportuna para que la experiencia durante la navegación sea óptima. Pero el problema viene con el desarrollo de estos archivos y el uso que se les da en la actualidad.

¿Para qué se usan las cookies?

Uno de los usos de las cookies son los que ya hemos mencionado anteriormente. Además, resultan muy útiles para optimizar la experiencia del usuario en Internet. Para las redes sociales, son perfectas ya que al introducir la contraseña una vez e iniciar sesión en la misma, esta permanece abierta en todo momento, a no ser que la cerremos. Obviamente, esto facilita la navegación y evita que tengamos que andar escribiendo las contraseñas cada vez que pretendemos acceder a la red social en cuestión.

Por otra parte, están las conocidas como cookies publicitarias. Estos archivos son los que se convierten en los más complicados. Son capaces de almacenar información sensible de todo lo que hacemos durante nuestra navegación online. Y aquí es donde entra la Ley de cookies del año 2012. Estos archivos publicitarios permiten a las empresas online tener cierta información sensible del usuario a su disposición.

Seguro que en más de una ocasión has notado que tras ver algún producto a través de Internet, los anuncios que recibes en tu navegación van enfocados a este tipo de servicios o productos. Esto es porque las cookies publicitarias pretenden ofrecer publicidad personalizada, para aumentar las probabilidades de venta online.

El nacimiento de la ley respecto a las cookies

Fue en marzo del año 2012 cuando entro en vigor la ley relativa a las cookies. Lo que se pretende con ella es que el uso de estos archivos sea el adecuado. Por ello, es de obligado cumplimiento que los portales web informen al usuario del uso y tratamiento que se da a esas cookies.

No obstante, existen algunas cookies que no requieren autorización expresa por parte del que navega por Internet para ser usadas. Se trata de los archivos necesarios para el correcto funcionamiento de la web en cuestión. Es decir, todas las cookies que se utilizan para que la página web funcione debidamente, como las del carrito de la compra, no es necesario que se aprueben. Aunque sí que deben aparecer en los textos legales de la web.

Por el contrario, las cookies que permiten identificar o aportan información sobre los gustos del usuario deben de ser aceptadas en todo momento. Y estas son las que aparecen en las páginas web solicitando nuestra aceptación. Aceptarlas o no está en mano de cada persona.